Instituto de medicina legal en el accidente de tráfico

Nº de colegiado del ICAM: 69969
Actualizado el 13/01/2025

A la hora de valorar las lesiones de una víctimas de accidente de tráfico el lesionado puede elegir entre una valoración por parte de un perito médico de parte o solicitar la intervención de los forenses del Instituto de medicina legal de la provincia donde resida el lesionado.

Médico forense en accidente de tráfico

A diferencia del informe pericial de parte, el acceso al instituto de medicina legal tiene una serie de limitaciones y no siempre se puede acudir a dicho organismo. Ignacio González , abogado y responsable del despacho  de Indemnización por Accidente SLP, nos recuerda que las claves para su uso son las siguientes:

  • Según el artículo 4 del Real Decreto 1148/15 la solicitud se podrá formular de común acuerdo con la aseguradora o por medio únicamente del perjudicado.
  • El punto 2 del mismo artículo recoge que será competente para la tramitación de la solicitud el médico forense del partido judicial del lugar del accidente o del domicilio de la víctima.
  • El artículo 6 del RD 1148/15 determinar la documentación necesaria a enviar junto con la solicitud: oferta motivada y documentación médica.
  • Hay que tener en cuenta que solo podrá intervenir el IMLCF si el cliente ha recibido una oferta motivada de indemnización de conformidad a lo previsto en el artículo 7.2 de la LRCSCVM.
  • El mismo artículo 7 de la LRCSCVM recoge en su punto 5 que una vez la compañía reciba el nuevo informe ésta deberá realizar una nueva oferta motivada en el plazo de un mes.
  • La solicitud debe ser enviada por correo electrónico o presencialmente al IMLCF para que desde allí se de reparto al partido judicial que se pretenda (art.4.2 RD 1148/15).

Cómo valora el forense un accidente de tráfico

Explicándolo de una forma más sencilla…. Sólo se puede acceder al Instituto de Medicina Legal si la aseguradora nos ha hecho una oferta motivada y no estamos de acuerdo. En este caso podemos solicitar que el lesionado sea reconocido por un forense del juzgado que valorará la lesiones de una forma objetiva.

Sólo en caso de no estar de acuerdo con la oferta de la aseguradora podremos solicitar ser reconocidos por el forense

Por tanto a aquellos lesionados en accidentes de tráfico en el que la aseguradora no haga una oferta motivada no podrán hacer acceder al informe forense pero si podrán reclamar y llegado el caso demandar utilizando un informe pericial de parte.
La realidad del día a día que vivimos en los despachos especializados en accidentes de tráfico es que las aseguradoras sabiendo esto y que, salvo algún gran despacho como el nuestro que se puede permitir trabajar de forma ágil y eficiente con periciales médicas privadas, la mayoría de los despachos de abogados o lesionados particulares acaban por no reclamar las indemnizaciones que les corresponden cuando la aseguradora les aplica el famoso artículo 135 y les dice que no les corresponde indemnización alguna por que no cumplen alguno de los 4 famosos nexos de causalidad que refleja el nuevo baremo de accidentes de tráfico en su artículo 135.

Son muchas las consultas que nos hacen a diario lesionados a los que se les ha negado no solo la indemnización sino también el tratamiento médico de forma injusta argumentando que las lesiones no han sido diagnosticadas correctamente en las primeras 72 horas o que los daños materiales* no son suficientemente grandes para justificar dicha lesión. Pues bien, en la mayoría de esos casos se hace una interpretación perversa de la ley y el Baremo y afortunadamente después de dos años de peleas judiciales, los juzgados nos están dando la razón. (Ver ejemplo de sentencia ganada contra aplicación del Artículo 135 del baremo)

Las aseguradoras están utilizando la reparación en talleres propios para argumentar contra los intereses de la víctima del accidente

*Hay que prestar especial cuidado al tema de la reparación de los daños materiales, ya que es práctica habitual de algunas compañías el convencer a sus asegurados de la conveniencia de reparar sus vehículos en los talleres propios de la aseguradora con el perverso fin de minimizar la factura de reparación de los mismos y argumentar así la falta de nexo de intensidad (o sea que los daños materiales son demasiado pequeños para poder justificar una lesión que generalmente suele ser el esguince cervical)

¿Tienes dudas?

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Ignacio González Gügel
Abogado .

Ignacio González, es un destacado abogado especializado en accidentes de tráfico, con más de 20 años de experiencia en el sector.

Actualmente, ocupa el cargo de responsable del Departamento Jurídico de Indemnización por Accidente S. L. P., donde lidera un equipo comprometido en brindar asesoramiento y representación a víctimas de siniestros viales. Su sólida formación abarca áreas clave como el Derecho Societario, el Derecho de las Nuevas Tecnologías y Telecomunicaciones, así como el Derecho de Daños y Compliance Penal, lo que le permite abordar los casos desde una perspectiva integral.