Accidente por un coche estacionado con la puerta abierta

Actualizado el 12/11/2024

Determinar la culpabilidad de las partes en un accidente de tráfico, como sucede en este caso, en el que circulando por la vía tienes un accidente por coche estacionado con la puerta abierta; es algo muy sencillo si nos basamos en la reglamentación escrita en el Código de Tráfico y Seguridad Vial.

¿Quién tiene la culpa en un choque con la puerta abierta?

Si bien cuando pensamos en un accidente de tráfico que tuvo lugar a raíz de una puerta abierta de uno de los automóviles, tendemos a pensar que la culpa es siempre del vehículo con la puerta abierta, la realidad es que no es siempre así y se pueden dar casos contrarios como por ejemplo, si es que el coche se encontraba aparcado y la puerta estaba abierta desde un rato antes de que se produjera el accidente.

En un caso tal, quien conduce por la calle tiene la obligación de prestar atención y ver los obstáculos con los que se puede encontrar. De modo que si se produce un accidente en estas circunstancias, la responsabilidad será de quien venía conduciendo, quien debió haber esquivado la puerta abierta.

Sin embargo, si el parte amistoso se completa de forma incorrecta, podría terminar quedándose con la culpa el conductor que no la tiene.

A pesar de lo dicho anteriormente, estadísticamente a nuestro despacho nos llegan muchos más casos provocados por la imprudencia de quién abre la puerta sin cerciorarse de que una moto, bici o coche se dispone a pasar paralelamente. Pero en este post queremos ahondar un poco más en esos casos más esporádicos en los que la responsabilidad no es tan clara.

Cómo completar el parte en un accidente por un coche estacionado con la puerta abierta

El parte es fundamental para determinar la culpabilidad de los conductores en un accidente de tránsito. Por lo tanto, cometer un error aquí puede revertir una situación y volverla totalmente en tu contra cuando la leyes te exoneran de la responsabilidad. Veamos los sí y los no de cómo completar el parte en este caso.

Cómo NO completar el parte:

  • “Salía de un estacionamiento”
  • “Estaba abriendo la puerta”

Cómo completar el parte:

En el apartado 14, el que corresponde a las observaciones, es menester aclarar:

  • “El vehículo en circulación impactó contra la puerta de mi auto cuando esta llevaba tiempo de estar abierta.”

Si escribes en el parte que te encontrabas saliendo de un estacionamiento o que estabas abriendo la puerta cuando el siniestro ocurrió, la culpa te será atribuida a ti, pero no es tu responsabilidad. Por ende, completar el formulario de la forma correcta será la diferencia entre resultar culpable o no del accidente.

¿Qué ocurre si me chocan con mi puerta abierta?

Debido a que siempre hay un culpable en un accidente de tráfico y en este caso no eres tú, el otro conductor será responsabilizado por el siniestro y tendrá que responder económicamente por los gastos derivados de los daños materiales y/o personales, ya que tú o tu acompañante pueden haber resultado heridos a causa del impacto.

Las partes no se ponen de acuerdo

En una situación tal intervienen las autoridades, quienes realizan una reconstrucción del accidente para determinar la verdadera causa y la responsabilidad del accidente.

Cuando se suscita un desacuerdo entre las partes debido a versiones que se contraponen, firmar un pacto amistoso resulta imposible.

A los efectos de llegar a una conclusión, le toman declaración a ambas partes y recogen el testimonio de los posibles testigos. Para terminar, recolectan las pruebas fehacientes y realizan el informe policial. Dicho informe es enviado a la aseguradora, la cual determinará el culpable del accidente.

Desacuerdo con la resolución final

Por último, puede ocurrir que no te encuentres de acuerdo con la resolución final a la que ha llegado la aseguradora. En tal caso, lo que resta hacer es transitar la vía judicial. Esto quiere decir que el caso se lleva ante un juez para que este dictamine su fallo. En esta situación tendrás éxito si las pruebas y los testigos están de tu lado. En caso contrario, la situación podría complicarse y tornarse en tu contra. Si nada de lo que presentas respalda tu versión, es posible que la aseguradora no te cubra la defensa jurídica.

La defensa jurídica de las aseguradoras

La defensa jurídica es una cobertura mediante la cual la empresa aseguradora se hace cargo de la totalidad de los gastos que un juicio pueda originar: abogados, fianzas, procurador, costas, peritajes, entre otros.

Además de su contratación, es necesario que se cumplan las siguientes condiciones para que la defensa jurídica pueda ser aplicada en tu favor:

  • Que la reclamación tenga lugar ante un juzgado
  • Que el contrario efectúe la reclamación
  • Que el asegurado reclame algo a un tercero

El abogado y el procurador serán elegidos por ti y no actuarán de acuerdo a las instrucciones de la empresa aseguradora.

No obstante, al tratarse de un contrato, la letra pequeña no escapa de él. Hay tantas variantes de letras pequeñas como aseguradoras existen.

De modo que es posible solo puedas hacer uso de este servicio si un tercero te lleva a juicio a ti y no al contrario. Por otra parte, algunas aseguradoras solo pagan daños materiales a un tercero, otras solo pagan los daños personales, mientras otras van un poco más allá y pagan el daño de equipaje o del asegurado en calidad de peatón.

Por último, también existe la posibilidad de que pongan un tope para el pago del abogado. Ante la pregunta de si esta defensa sirve, la respuesta es que sí, aunque no para todos los casos.

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