8 Tipos de siniestros que no cubre el seguro

Por Indemnización por Accidente, Despacho de Abogados.
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Publicado el 27/04/2018
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Actualizado el 23/09/2024
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Muchas veces, a la hora de contratar un seguro elegimos la oferta más económica. No solemos pensar que tendremos un accidente, pero lo cierto es que ese riesgo existe y para estar bien cubiertos debemos atender a las coberturas del seguro. No importa el tipo de seguro que queramos contratar, como abogados especialistas en accidentes de tráfico sabemos que muchas veces al contratar un servicio a todo riesgo estamos cubiertos ante cualquier imprevisto, pero puede no ser así. Asegúrate de revisar las coberturas antes de contratar un seguro en concreto.

Los conductores se creen que están bastante cubiertos con sus pólizas de seguro para coches. De hecho, la mayoría de ellos desconoce que existen determinadas situaciones en las que no tendrán cobertura con ninguna compañía de seguros. Por este motivo es tan importante leerse y repasar la póliza, ya que en todas encontraremos excepciones y situaciones que no estarán cubiertas. Muchas de ellas serán exclusiones particulares, pero también hay situaciones que no cubrirá ningún seguro.

siniestros que no cubre el seguro

¿Qué tipo de siniestros no cubre el seguro?

Catástrofe natural

Este es uno de los puntos más sorprendentes. Desde luego no tenemos la capacidad de prever este tipo de fenómenos, ni tampoco podemos hacer nada por evitarlos. Hay cuestiones que quizá no nos planteamos, como una guerra o un accidente nuclear. Pero hay otros más probables: un terremoto, un huracán o una inundación. En ninguno de estos supuestos el seguro correrá con los gastos del accidente, aunque sí lo hará el Consorcio de Compensación de Seguros.

Accidente contra un familiar

Cuando se da parte de un accidente de este tipo, lo más habitual es que la empresa aseguradora considere que se trata de un fraude. Si eres víctima de una accidente así debes saber que, lo más normal, es que el seguro se niegue a correr con los gastos. Sobre todo, cuando se comparte el domicilio familiar con la persona que también se ha visto involucrada en el accidente.

Omisión del deber de socorro

Siempre que somos testigos de un accidente estamos obligados a detenernos y ofrecer ayuda a las personas accidentadas. Esto es lo que se conoce como el protocolo PAS. Hablamos de una normativa que, de incumplirla, acarrea sanciones y penas de cárcel. Pero, también, será importante tener en cuenta que nuestro seguro no correrá con los gastos de un siniestro si se demuestra la ausencia de ayuda a otros accidentados.

Conductores menores de 25 años que no figuran en la póliza

Las personas menores de 25 años, o con menos de dos años de carnet, deberán aparecer en la póliza. El problema es que estos supuestos suelen encarecer la prima, por lo que es una práctica habitual omitir este dato para uso ocasional del vehículo. Por lo tanto, no será cubierto por el seguro cuando estos conductores lleven el vehículo en el momento del siniestro. Ya hemos hablado antes de este tema en nuestro post ¿Cubre el seguro a los menores de 26 años?

Conducir sin carnet o sin ITV

El primer supuesto es un delito grave contra la Seguridad Vial y lo mismo ocurre cuando el vehículo no haya pasado la ITV.

Conducir por vías no aptas

Si conduces por una pista de tierra u otras vías sin asfaltar, consideradas no aptas para el tráfico, el seguro de tu coche no se hará cargo si sufres un accidente o cualquier tipo de daño en el vehículo.

Exceder la carga

No se puede exceder el número máximo de pasajeros en el vehículo, como ocurría en los casos anteriores cuando se dé este supuesto en un accidente de tráfico tampoco será cubierto por la póliza del seguro.

Coches con extras no declarados

Si ponemos algún extra en el vehículo y la compañía de seguros no recibe la notificación pertinente, no correrá con los gastos personales y materiales en el caso del conductor, aunque sí lo hará con los daños a terceros. En el caso del vehículo asegurado, la compañía declarará que no es el mismo coche que se aseguró en un primer momento.

Culpabilidad del accidente

Cuando el perjudicado ha sido el culpable del accidente causado, no corresponde reclamar una indemnización por los daños personales ocasionados. Si se podrá tener, derecho a la indemnización por pérdida total del vehículo, en el caso de que el seguro contratado esté a Todo Riesgo.

Desde Indemnización por Accidente no queremos perder esta oportunidad de hacer hincapié sobre otros supuestos que sí son más conocidos. Todos sabemos que no se puede conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, en cuyo caso las empresas de seguros también evitan el pago de los daños. Además, tampoco lo harán si el siniestro tiene lugar durante la celebración de una carrera, ya sea dentro o fuera de un circuito.

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