¿Qué puede reclamar un acompañante en un accidente de tráfico?

Publicado el 16/09/2016
|
Actualizado el 13/11/2024

Un accidente de tráfico siempre tiene consecuencias negativas para las personas que lo sufren, ya sean daños materiales en el vehículo o las pertenencias de las víctimas o, bien, daños personales en forma de lesiones o heridas. En un siniestro siempre se trata de esclarecer los hechos e imputar la responsabilidad del mismo a una de las partes implicadas. El conductor puede ser o no el causante del suceso y puede viajar con un acompañante. Sea culpable o no del accidente, su acompañante será víctima del siniestro sin que recaiga sobre él ningún tipo de responsabilidad. Si estás buscando abogados por un accidente de tráfico en Madrid, te comentamos que si eres acompañante y te has visto implicado en un siniestro tienes derecho a recibir una indemnización por lesiones en todos los casos.

Normalmente, cuando el conductor de un vehículo sufre un accidente por imprudencia o es el culpable del siniestro no tiene derecho a recibir ningún tipo de indemnización. Sin embargo, los ocupantes del vehículo que se han visto implicados en el siniestro sí que podrán reclamar una compensación económica por daños y perjuicios. Este es un tema que suele generar muchas dudas, ya que hasta no hace mucho tiempo era necesario denunciar al conductor para tener acceso a dichas indemnizaciones. Algo que ha cambiado recientemente, al modificarse el Baremo por accidentes de Tráfico.
Evidentemente, cuando se produce un accidente y el conductor ha sido el culpable se sentirá mal si alguno de sus acompañantes sufre lesiones o pérdidas materiales de consideración. Por este motivo, es entendible que el Baremo se haya modificado en este sentido. Ya que el mal trago por el siniestro no desaparecerá, pero al menos, las víctimas del mismo podrán tener acceso a una compensación económica por daños, lesiones, pérdidas materiales o secuelas.

Según nuestra experiencia cada siniestro es diferente, por ello queremos explicar cuál es el modo de proceder si eres acompañante en un vehículo que se ha visto envuelto en un accidente.

baremo tráfico

Accidente de coche

Todos los ocupantes de un coche que ha sufrido un accidente y cuyo conductor no se considera responsable del mismo tienen derecho a reclamar una indemnización por accidente por lesiones, secuelas o pérdidas materiales. En el caso de que el conductor sea culpable del choque, él no podrá beneficiarse de una indemnización, pero sus acompañantes sí, ya que no tienen ninguna responsabilidad en el siniestro.

Accidente de moto

Como ya hemos comentado muchas veces, este es uno de los accidentes más peligrosos, ya que los viajeros no están protegidos contra golpes, que suelen impactar sobre su cuerpo. En cualquier caso, el procedimiento es similar al de un accidente con un coche. El acompañante podrá solicitar una compensación en todo caso, mientras que el conductor sólo podrá hacerlo cuando no sea el culpable del accidente.

En este caso, la situación es diferente, ya que los viajeros de este tipo de transporte están cubiertos por un seguro obligatorio para viajeros. Los accidentes en autobuses responden a un sentido más amplio que el de otro tipo de utilitarios. Por ejemplo, un pasajero puede caerse ante un movimiento brusco del autobús y sufrir lesiones, en cuyo caso la víctima podrá solicitar una indemnización al seguro anteriormente citado.

Accidente en un taxi

Este supuesto es similar al de un accidente en el que se ve implicado un coche de un particular. Es decir, las indemnizaciones del conductor dependerán de quién haya tenido la responsabilidad en el siniestro. Aunque, como en los casos anteriores los ocupantes del vehículo podrán solicitar una compensación económica en todos los casos, ya que resulta imposible que sin conducir sean responsables del accidente.

Si has sufrido un accidente siempre puedes consultar con un abogado especializado en este tipo de casos para asegurarte de que conoces cuáles son tus derechos y que cuentas con el apoyo legal necesario para conseguir la compensación correspondiente.

En Indemnización por Accidente estaremos encantados de atenderte y resolver todas tus dudas. Las compañías de seguros tienden a ocultar la información tratando de minimizar los costes por las consecuencias de un determinado siniestro. Por ello, te recomendamos consultar con un letrado debidamente cualificado para que te ponga al día y vele por tus intereses.

Información relacionada que puede ser de tu interés

6 COMENTARIOS

  1. Ewan

    En un siniestro de 3 vehículos en que resultaron con daños materiales solo los dos últimos. El primer vehículo fue absuelto de detenerse en una recta con doble línea continua en una carretera entre dos localidades. El segundo vehículo resulto con daños en la parte trasera delantera y en la parte trasera y el tercer vehículo que iba a exceso de velocidad fue el que provocó el mayor daño en cuanto a lesiones al conductor y a los ocupantes de este. El conductor del tercer vehículo sin lesiones.
    El parte del siniestro de coche dió por culpables a los dos conductores y les aplicó una multa por el accidente por alcance.
    Solo una ocupante que resultó lesionada con el latigazo cervical le han ofrecido el 50% de la indemnización a la que tenia derecho, pero aplicándole la corresponsabilidad en la culpa. Dándola de alta arbitrariamente antes de ser dada de alta por el profesional del centro de fisioterapia y le quitaron la otra mitad. Sin pagarles ni gastos medicamentos ni gastos de desplazamientos a sus terapias.

    Respuesta
    • Ewan no tiene ningún sentido nada de lo que ha dicho la aseguradora. Un ocupante siempre tiene que cobrar el 100% de la indemnización porque nunca es culpa suya. Incluso en caso de concurrencia de culpas entre dos vehículos cobra el 50% de cada uno de los seguros de dichos vehículos. Si todavía no ha aceptado la oferta que nos llame y le ayudaremos

      Respuesta
« Comentarios anteriores

¿Tienes dudas?

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Indemnización por Accidente
Despacho de Abogados.
Abogados especializados en la reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico y laborales. 91 737 11 10 / 93 414 73 20 / 955 440 400