¿Sabías que si has sufrido un accidente laboral o sufres una enfermedad profesional podrías tener derecho a varias indemnizaciones?
Muchas víctimas de accidentes laborales y enfermedades profesionales lo desconocen y pierden cuantiosas indemnizaciones por incapacidad permanente total en accidente laboral. Si has sufrido un accidente laboral o enfermedad y te han dictaminado una incapacidad permanente total o absoluta, puedes tener derecho a percibir varias indemnizaciones por ello.
Podrías tener derecho a cobrar de varios seguros que cubran tu Incapacidad Permanente sin saberlo
De nuevo incidimos sobre un tema de gran interés, los seguros que cubren las indemnizaciones por incapacidades permanentes a los trabajadores en caso de sufrir un accidente laboral o alguna enfermedad común que les incapacite para la realización de su profesión habitual.
Cada año, el Equipo de Valoración de Incapacidades de la Seguridad Social, ya sea por petición de los propios trabajadores, de la mutua o de la propia SS dictamina la concesión de la llamada Incapacidad Permanente Total (IPT) que, básicamente, determina que el trabajador ya no podría realizar todas o una parte importante de las tareas de su profesión habitual dejando abierta además, la posibilidad de que pueda dedicarse a a otra distinta. En estos casos, establece una prestación en forma de pensión mensual constituida por el 55% de la base reguladora (En el caso de mayores de 55 años se puede incrementar en un 20%)
Es una forma de compensar al trabajador por su situación de Incapacidad Permante Total para ejercer el trabajo que venía realizando, pero, lo que buena parte de estos miles de trabajadores que cada año ven concedida su incapacidad ignoran es que, además, muchos de ellos tienen derecho a percibir una indemnización por la incapacidad permanente total derivada de los seguros de convenio de su empresa y, también, de otros seguros que pudieran tener (Hogar, vida, banco…)
¿Es obligatorio el seguro de convenio?
Para algunas empresas si lo es, y, sobre todo, en algunos sectores en los que hay una gran incidencia de accidentes laborales, como pueden ser el de la construcción, determinadas industrias, transporte, etc. Sus trabajadores realizan tareas con más o menos peligro, pero con un riesgo de sufrir un accidente bastante elevado y que en muchos casos, pueden derivar en lesiones y secuelas que les impidan seguir desarrollando su profesión habitual.
Estos seguros quedan establecidos en los convenios colectivos y existe una obligación por parte del empresario a contratar dichos seguros a nombre del trabajador por las cantidades que dicho convenio marque. Cubren los casos de incapacidad permanente total, absoluta y, claro está, fallecimiento.
Si la empresa no ha contratado el seguro de convenio colectivo obligatorio podrás reclamar contra ella
Si la empresa no ha contratado dicho seguro, siendo obligatorio, el trabajador puede reclamar a la misma las cuantías correspondientes. En Indemnización por Accidente ponemos a tu disposición el mejor equipo de abogados especializados en accidentes laborales para ayudarte a reclamar dicha indemnización, además de otras posibles indemnizaciones derivadas en caso de haber responsabilidad civil por parte de la empresa en concepto de los daños y perjuicios que has sufrido.
Una situación especial se da cuando el trabajador es despedido antes de que se le reconozca la incapacidad y durante su baja por un accidente laboral, existe jurisprudencia al respecto y tendrá derecho a la misma aunque en la fecha de reconocimiento de la incapacidad el trabajador ya no se encontrara incluido en el seguro de convenio colectivo si el accidente que dio lugar a dicha incapacidad ocurrió cuando si lo estaba.
¿Quién paga la incapacidad permanente total por accidente de trabajo?
La aseguradora correspondiente deberá abonar al trabajador dicha indemnización una vez se confirme la situación de Incapacidad Permanente Total del trabajador por parte de la Seguridad Social. Los importes varían de unos convenios colectivos a otros, o incluso pueden tener coberturas adicionales si así lo decide la empresa. Así pues, esta cantidad, del importe que sea, será abonada por la compañía de seguros, al margen de la pensión que percibirá el trabajador, esta a cargo de la Seguridad Social.
Otros seguros que cubren la Incapacidad permanente total
Existen muchos otros seguros que podrían indemnizarte por una Incapacidad Permanente Total
Como comentábamos, el seguro de convenio es un seguro obligatorio por parte de la empresa, pero, además, existe la posibilidad de que el propio trabajador tuviera otros seguros contratados directa (o indirectamente) por su parte que le cubran en caso de una posible incapacidad para seguir trabajando, un ejemplo de estos seguros pueden ser las pólizas de vida, que incluyen cuantías, a veces muy elevadas, que indemnizarán al beneficiario en caso de que se le reconozca una incapacidad permanente total, o en determinados productos bancarios. Todos estos seguros se cobrarán de cada compañía aseguradora, independientemente del cobro del seguro de convenio, es decir, se suman.
Pongamos un ejemplo, una trabajadora de un determinado sector pierde la visión de un ojo por un accidente laboral, el seguro de su convenio establece una cantidad de 25.000 € en caso de Incapacidad Permanente, pero, además, tiene contratado un seguro de vida que reconoce 20.000 € y uno de la tarjeta de crédito por valor de 6.000 €, ella, por lo tanto, tendrá derecho a percibir una indemnización total por 51.000 €.
Por eso, en Indemnización por accidente, a través de nuestro departamento de incapacidades insistimos a nuestros clientes en que nos faciliten y revisar concienzudamente todas las pólizas de seguro que puedan tener contratadas.
Preguntas frecuentes
Si un trabajador sufre un accidente de trabajo y como resultado la Seguridad Social le reconoce una incapacidad laboral automáticamente se extingue la relación laboral con la empresa y el trabajador no podría reclamar la indemnización por todos los años de antigüedad en la empresa al no tratarse de un despido.
Sin embargo, si en el accidente no se tomaron todas las medidas de prevención de riesgos laborales necesarias si que podría reclamar una indemnización por daños y perjuicios que generalmente superan los 100.000 euros de cuantía. Más información aquí.
Si la incapacidad permanente total es derivada de un accidente de tráfico siempre se puede reclamar una indemnización ya sea al seguro del propio vehículo si se tiene la culpa del accidente (en estos casos no suelen superar los 10.000 euros de indemnización) o a la aseguradora del vehículo responsable en caso de que la culpa sea de otro vehículo. En este último caso la indemnización vendrá determinada por el baremo de accidentes de tráfico que puedes consultar en el siguiente enlace.
La mayoría de los convenios colectivos que regulan las distintas profesiones establecen la obligatoriedad de la empresa de suscribir un seguro colectivo de accidente para todos sus trabajadores. La cuantía la determina cada uno de los convenios y también si el grado de incapacidad tiene que ser total o absoluta. En el caso de que la empresa no suscribiera dicha póliza de seguros, el trabajador podría reclamar a la propia empresa, que tendría que responder con su propio patrimonio. Puedes ampliar la información aquí.
Además de las indemnizaciones que puedan derivar de un accidente de tráfico, un accidente laboral por omisión de medidas de seguridad o de un convenio colectivo, cualquier persona a la que se le reconozca algún grado de incapacidad debería revisar lo siguiente:
- Seguro del hogar
- Seguros vinculados a préstamos hipotecarios
- Seguros vinculados a tarjetas de crédito
- Seguros escolares o de la universidad
- Seguros de colegios profesionales
- Seguros de vida
- Otros seguros de accidentes
Puedes obtener más información aquí.
Hola me llamo José. Mi pregunta es respecto a un accidente laboral, tuve dos operaciones de hombro manguito rotador, al cumplir los 18 meses de baja, la mutua al no haber mejoría me propone para incapacidad. La seguridad me concede una incapacidad total revisable al año por posible mejoría. En el convenio se refleja una indemnización por accidente laboral. Pero la empresa me lo niega. Según ellos porque me tienen que reservar el puesto de trabajo durante dos años.
Buenos días, José, Según puedo leer, la seguridad social, le ha concedido la Incapacidad. ¿cuál es la duda sobre su situación?. Llámenos para asesorarle de forma gratuita al 917371110.
hola soy Antonio. tuve un acidente de travajo estava de guarda pero en cotitacion agricola en el 2019 una fratura de perone abierta me an operado 4 veces y dos ingertos de hueso uno de cadera y otro de espinilla para el hueso del peroner a hora estoy en baja permanente total sabrias cuanto me perteneceria de indemnizasion tengo 34 años y cobro el 55% base de cotitacion 960€ muchas gracias
Antonio, podrías tener derecho a una o varias indemnizaciones. Una es la que establezca tu convenio colectivo que supongo que es el de agricultura pero necesitaríamos saber la provincia para determinar la cuantía. La otra solo se podría reclamar si se puede demostrar que hubo algún tipo de omisión de medidas de seguridad en cuyo caso podrías reclamar una indemnización que rondará los 100.000 euros Ponte en contacto con nosotros y amplíanos la información
Hola soy Juan,me han dado una incapacidad total,por accidente de trabajo,ya he cobrado del seguro convenio y estoy a punto de cobrar del seguro de responsabilidad civil,lo que me parece raro es lo siguiente :
Cobre del seguro convenio y ahora me dicen que cuando cobre la cantidad de Responsabilidad Civil .debo abonar la cantidad cobrado por el seguro convenio. que si la R.C. me indemniza con 100.000 me restan los 24.000 cobrados por del seguro convenio. Eso es así? Muchas gracias.
Juan, efectivamente eso funciona así… suponemos que es el convenio de la construcción. Tu abogado no debe ser especialista en accidentes porque lo que hacemos nosotros (regalo para todos los abogados que sabemos que visitan nuestra página para obtener información) es cobrar primero la RC y posteriormente el seguro de convenio porque así no nos lo pueden restar…. Si lo has hecho al revés ya es tarde lo siento
Hola, yo tengo reconocida una ipp por accidente laboral que me provocó dos hernias discales y estenosis bilateral de grado medio. Ahora llevo un tiempo que estoy peor y me dan lumbalgias con ceaticas bilaterales a menudo. Algún avez me he cogido la baja y la empresa se niega a hacérmela como accidente laboral, habiendo pasado en el trabajo. Podría pedir una ipt por agravamiento de las secuelas derivadas del accidente laboral?
La ipt sería por accidente laboral o por enfermedad común?
Gracias
Muy buenas , si que puede solicitar una incapacidad total por agravamiento y sería considerado como derivada de accidente laboral. No le recomiendo solicitarla sin que haya un periodo largo de baja.
Es decir pídase la baja e intente que sea la mutua o la seguridad social quien le proponga para la incapacidad.
Hola, tuve un accidente laboral en 2019 reponiendo en un supermercado, fue al abrir una caja para reponer, a raíz de eso, y tras obligarme a coger el alta voluntaria y seguir trabajando me puse peor y me tuve que volver a coger la baja. Me detectaron una enfermedad llamada sudeck, k no saben cómo se cura ,ni a qué es debido,no tienen información,provoca mucho dolor y a raíz de eso la mano derecha inutilizada, nada me puede rozar,causa dolor.
Me han dado una incapacidad total revisable todos los años. La empresa no me ofrece otro puesto, puedo pedir indemnización??? Gracias
Hola Lourdes, necesitaríamos saber si la incapacidad te la han reconocido por accidente laboral o por enfemedad común…. porque desgraciadamente a veces las mutuas cuando hay enfermedades como el Sudeck lo achacan a algo congénito. Si te lo han reconocido como accidente laboral entonces habríq eu ver tu convenio colectivo la cantidad que establece de indemnización . Nosotros si nos dices tu provincia y tu convenio te lo miramos sin problema (el convenio suele aparecer en la parte de atrás del contrato laboral.
Hola y muchas gracias por las respuestas a mi ha passado un accidente de trafico en junio 2019 y estuve trabajando y laccidente fue un domingo un dia no laboral mi han hopirado dos veses a la roddilla y tengo entenedis en lhobro izq de 6.5 mm y ahora mi han dado baja permanente total cuando mi adminiza la seguradora ppr fa y tengo 46 años
Aziz, para calcular tu indemnización tenemos que pasarte por uno de nuestros peritos médicos para que valoren las secuelas físicas, perjuicio estético , psicológico, daños morales, pérdida de calidad de vida, el dinero que vas a dejar de ganar por culpa de la incapacidad etc. Pero con tu edad y teniendo una incapacidad te puedo adelantar que seguramente tu indemenización estará entre los 100.000 y los 150.000 euros. Además de esta indemnización puedes tener otras indemnizaciones por el convenio colectivo, por tu seguro del hogar, tarjetas de crédito etc.
Aziz ante este tipo de accidentes tienes que buscar ayuda especializada. Nosotros te ofrecemos nuestros servicios sin que tengas que pagar ni un euro por adelantado. Nosotros te ponemos el perito médico , los abogados y todo lo necesario para conseguirte la máxima indemnización.
Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos 660069673
Hola a mi marido le dieron la baja en mayo del 2019 por dolores de espalda y después de muchas pruebas le han diagnosticado estenosis de los canales desde S2 a L1 y ahora ha pasado el tribunal médico y le han dado la incapacidad permanente total , él ha trabajado siempre en albañilería y sector cerámico (últimos 8 años) …tendría derecho a indemnización? Somos de Andalucía
Elena, si la incapacidad ha sido derivada de accidente laboral tu marido podría reclamar 28000 euros, pero si fue considerado enfermedad común no podrías reclamar. LLámanos al 955440400 y te asesoraremos
Hola mi marido a sufrido una caída en el trabajo tuvo 2cirugias en la columna y ahora le han puesto un estimulador en la médula espinal tiene una incapacitad total revisable cada 2 años .Puede pedir indemnización.un saludo
Elena a tu marido seguramente le pueda corresponder una indemnización por la cantidad que establezca su convenio colectivo. Además si hubo alguna omisión de medidas de seguridad le podría reclamar otra indemnización más elevada (Seguramente de más de 100.000 euros) . Para poder asesorarte con mayor profunidad necesitaríamos saber como ocurrió el accidente y cual es la profesión de tu marido. Si nos dejas un teléfono de contacto o nos llamas te asesoraremos sin compromiso alguno. Telf 917371110 – 934147320 -955440400
hola soy teresa ,ma acaban de reconocer una incapacidad permanente total revisable por el trabajo habitual por un accidente de trabajo .soy auxiliar de servicio en un hospital empatando comida para los pacientes , es un convenio colectivo .me pertenece una indemnización gracias.un saludo.
Teresa necesitamos algo más de información para poder contestarte. El Hospital es publico o privado? Ciudad? Incluso si nos dices el nombre del Hospital mejor porque por ejemplo hace poco miramos el convenio del personal de limpieza del Hospital de la Paz y por un cliente nuestro y es el convenio más ventajoso que hemos visto, contempla indemnizaciones incluso para pequeñas lesiones y secuelas como una cicatriz… LLámanos o pásanos esa información por correo a jose@indemnizacionporaccidente.com y te miramos bien lo que te pueda corresponder… Acuérdate también de mirar en tarjetas de crédito, seguro del hogar, seguro de vida o entierro etc que suelen contemplar indemnizaciones también….
Hola tengo una duda he trabajado en hostelería 12 años y tengo la incapacidad permanentemente total llevo un año con la incapacidad tengo derecho a cobrar el seguro soy fija discontinua he trabajado en la misma empresa
Hola Eva, el convenio de Hosteleria depende de la provincia donde desempeñas tu profesión, dinos cual es tu provincia y te diremos si tienes derecho a una indemnización. Por cierto la incapacidad debe ser derivada de accidente laboral si es por enfermedad común te anticipamos que no tendrías indemnización alguna… De cualquier forma debes revisar tarjetas de crédito o seguro del hogar, que suelen llevar asociados seguros. Mándanos la información a clientes@indemnizacionporaccidente.com