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Indemnización por atropello con lesiones a peatones, ciclistas o animales

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abogado Indemnizacion por atropello

Los atropellos con heridos e inclusos víctimas mortales son, por desgracia, bastante habituales. Nadie está libre de sufrir uno de estos accidentes ya sea como peatón, como ciclista o incluso como conductor del coche implicado en el siniestro. Por eso hay que tener claro cuándo y cómo se pueden pedir reclamaciones de indemnización por atropello con lesiones que puedan compensar, al menos en parte, los daños derivados de este percance.

Lo esencial, ante cualquier tipo de atropello, es seguir unas pautas para solventar el problema inmediato y para recabar toda la información que será la base de una futura demanda.

Qué hacer si se sufre un atropello.

  • Mantener la calma en la medida de lo posible para poder prestar atención a los detalles del accidente. Es importante intentar retener la marca, modelo, color y matrícula del coche causante del siniestro, por si se diera a la fuga. En un atropello entre ciclistas y peatones: solicitar todos los datos de los implicados, aunque pueda parecer que en un primer momento no se han producido lesiones.
  • Llamar a la policía para que acuda al lugar de los hechos y elabore un informe o atestado. En este documento se recoge el juicio crítico y la opinión personal del agente que haya asistido al accidente sobre quién es el culpable de la colisión. Este documento oficial será fundamental en la resolución final del caso. Ellos se encargarán también de buscar testigos que puedan declarar sobre los hechos.
  • La víctima debe dar su propia versión a la policía en la zona del siniestro. Cuando, por algún motivo, es imposible que lo haga, lo adecuado es que acuda a la comisaria de policía lo más pronto posible para interponer una denuncia y aportar datos sobre lo ocurrido.
  • Registrar los daños materiales generados por el accidente: ropa, gafas, teléfono móvil…
  • Requerir la asistencia médica si fuera necesaria intentando no mover las zonas del cuerpo en las que pudiera haber fractura ósea o cualquier otra lesión.Aunque la víctima pueda levantarse y moverse, es recomendable que acuda a un centro médico para someterse a un chequeo médico que determine el alcance de las lesiones sufridas. Esto es especialmente importante si se ha sufrido un golpe en la cabeza, aunque se lleve el casco en el caso de los ciclistas. Un atropello puede ser más grave de lo que parece en un primer momento ya que, ante situaciones límite, el cuerpo libera adrenalina que minimiza el dolor y la sensación de malestar. Por eso no es conveniente marcharse andando ni seguir pedaleando en caso de ir en bicicleta.Más vale prevenir que lamentar.
  • Asegurarse que el informe médico de urgencias describe las lesiones y molestias de la forma más detallada posible ya que este documento será fundamental a la hora de reclamar la indemnización.Es muy importante que un médico acredite en las primeras 72 horas las lesiones producidas por el accidente. Cualquier lesión que no aparezcan en el informe médico dentro de ese plazo, generará dificultades para su reclamación.Registrar también las secuelas que, tras el proceso de recuperación, hayan podido quedar. En caso de atropello a animales, acudir al veterinario y pedir una copia del informe.

    Si sufres un atropello, es esencial que te sometas inmediatamente a un chequeo médico para determinar las lesiones sufridas

  • Guardar los informes médicos o del veterinario por si hubiera que llegar a juicio.
  • Para iniciar un proceso de reclamación de indemnización en cualquiera de estas situaciones es más que conveniente contar con la asesoría de un abogado de accidentes que tenga experiencia en valorar bien las circunstancias del atropello y sepa cómo actúan las aseguradoras para poder enfrentarse a ellas.

Atropellos a peatones

indemnización por atropello

Datos generales

Cada año se producen en España más de 10.000 atropellos y el 20% de víctimas por accidentes se produce en estos siniestros. Son cifras nada desdeñables y que indican que se trata de un riesgo real, nadie está libre de sufrir este tipo de accidentes. Al fin y al cabo, todos somos peatones en algún momento del día.

Las víctimas más frecuentes de atropellos son las personas mayores. La causa es que cruzan en demasiadas ocasiones por lugares indebidos o con el semáforo en rojo, sin tener en cuenta que no disponen de la velocidad y reflejos de una persona más joven. Este comportamiento se da sobre todo en las ciudades.

También son muy frecuentes los atropellos a menores de edad, especialmente en zonas residenciales donde los menores juegan más libremente y pueden irrumpir en la calzada sin que el vehículo pueda verlos.

En cuanto a las causas de los accidentes por atropello, la principal es la distracción de al usar las nuevas tecnologías como los móviles, al escuchar música con auriculares o al cambiar la emisora en la radio del coche, entre otras…

Desde Indemnización por Accidente recomendamos extremar las precauciones tanto si vamos caminando como si estamos conduciendo por una zona con peatones. Utilizar el sentido común y respetar las normas de tráfico son la mejor prevención. Pero si aún así una persona sufre un atropello debería plantearse pedir una indemnización.

¿Cuándo se puede pedir una indemnización en caso de atropello a un peatón?

En nuestro despacho diariamente percibimos que muchas personas no reclaman la indemnización por atropello con lesión porque se consideran culpables del mismo.
cuando se puede pedir indemnizacion por atropello
Con la experiencia que nos da llevar cientos de reclamaciones por atropellos, podemos asegurar que la mayoría de los atropellos son susceptibles de reclamar una indemnización:

  • El peatón estaba cruzando correctamente: una reclamación sencilla y fácil de gestionar. Los peatones tienen la prioridad en los pasos de cebra y semáforos en verde, por lo que este tipo de accidentes suele saldarse con una importante indemnización por atropello para la víctima del siniestro.
  • El peatón es atropellado cuando cruza por un lugar indebido o con el semáforo en rojo:
    • El peatón se ha echado encima del vehículo de forma inesperada y/o ha actuado de forma temeraria y no ha habido manera posible de detener el vehículo: la culpa es exclusiva del peatón y no puede reclamar indemnización. Este hecho no se puede probar fácilmente.
    • En cualquier otro caso: Procesos que normalmente acaban en juicio. La víctima debería ponerse en manos de un buen abogado especializado en accidentes para que demuestre que existe una concurrencia de culpas.

Puedes tener derecho a una indemnización por atropello incluso cruzando indebidamente si se demuestra concurrencia de culpas

Concurrencia de culpas en un atropello

La concurrencia de culpas viene a considerar que el peatón atropellado tiene una parte de culpa en el accidente al cruzar por donde no debía o con el semáforo en rojo pero que también el conductor tiene otra parte de culpa por no ir a una velocidad más adecuada a la vía, porque iba distraído con el teléfono móvil o bien por cualquier otro factor que habrá que demostrar.

En estos casos, el lesionado puede reclamar una indemnización por atropello cuya cuantía oscilará entre el 25% y 100%, en función de su grado de responsabilidad en el accidente.

Ejemplo: si se produce una concurrencia de culpas al 50% y la indemnización de un peatón era de 10.000 euros, solo cobraría 5.000€.

En Indemnización por Accidente contamos con abogados especializados y médicos especialistas en el daño corporal, pero también trabajamos con investigadores y reconstructores de accidentes que nos ayudan a determinar las causas del atropello. ¿Cómo lo hacen? Pues muchas veces con la mera aplicación de fórmulas matemáticas. Por ejemplo, midiendo la distancia entre el lugar del impacto y el lugar al que ha sido lanzado el peatón se puede establecer la velocidad del vehículo implicado en el atropello. Así se pude determinar si el conductor iba a la velocidad adecuada y si podría haber detenido el vehículo para evitar el atropello.

Una vez aclarado quién puede reclamar, la cuestión es cuánto se puede reclamar por un atropello.

Cálculo de indemnizaciones por atropello de peatones

 

testiomonio real de atropellado

Cuando se produce un atropello se pueden generar tres tipos de consecuencias para las víctimas:

  • Los daños físicos y estéticos
  • Las secuelas
  • La merma económica

Daños físicos y secuelas: El informe médico será básico para determinar cuáles son los daños físicos que ha sufrido el accidentado, así como las secuelas psíquicas que el siniestro haya podido dejar en la víctima. Igualmente se considerará el perjuicio estético derivado de cicatrices (incluso las quirúrgicas), quemaduras del asfalto o incluso si a la persona accidentada le puede quedar una cojera crónica, lo que también se considera un perjuicio estético en nuestra sociedad. Evidentemente, el importe final de la compensación dependerá del grado de gravedad de las lesiones sufridas. Cuantas mayores secuelas, es decir, molestias o limitaciones, le queden al lesionado derivadas del accidente, mayor será la indemnización.

El tiempo de curación y las secuelas del atropello determinarán la cuantía de la indemnización

La merma en la economía de la víctima también será un factor que se tendrá en cuenta. ¿Cuánto tiempo tiene que dejar de trabajar para recuperarse y cuánta pérdida económica le supone? ¿Qué ocurre si el lesionado es autónomo, en cuyo caso todos sabemos que tiene otro tipo de régimen económico?

La cuantía de la indemnización va a depender del tiempo de curación del lesionado: cuanto mayor sea el tiempo que necesite de recuperación, mayor será la indemnización por incapacidad temporal. Como orientación, el día se valora aproximadamente en unos 52 €

A la hora de calcular la indemnización y, aunque resulta mucho más complejo, también se pueden tener en cuenta las circunstancias personales de la víctima. Por ejemplo: un deportista de élite que no pueda volver a competir debido a las secuelas del atropello.

Además de los daños físicos y psíquicos que haya sufrido la víctima, esta también puede reclamar daños materiales por objetos y ropa que portara en el momento del atropello: móviles, mochilas, relojes, gafas, etc.

La herramienta que se utiliza para calcular el valor de las indemnizaciones es el Baremo.

Este se revisa y modifica cada año, pudiendo consultarlo en el BOE Baremos de accidentes o en nuestra sección Baremos. La entrada en vigor en 2016 del nuevo Baremo supuso un cambio importante en la forma de calcular las indemnizaciones y, sobre todo, incrementó notablemente las cuantías a percibir por los lesionados de mayor gravedad, como es el caso de la mayoría de siniestros en los que está implicado un peatón. Por poner un ejemplo, se ha incluido la indemnización establecida para cada intervención quirúrgica a la que tenga que someterse la víctima.

Cada lesión tiene su correspondiente indemnización según el baremo, pero, ¿cuáles son las lesiones que más habitualmente se presentan en los atropellos?

Lesiones más frecuentes en atropellos de peatones

Cuando se produce este tipo de colisión, el peatón es muy vulnerable ya que reciben los impactos directamente sobre su cuerpo, sin contar con ningún elemento que los proteja.

Por esta razón, las lesiones y secuelas en este tipo de siniestros suelen ser de mayor consideración, lo que dará lugar a indemnizaciones mayores. De hecho, los atropellos y los accidentes de moto son los que resultan con lesiones de mayor gravedad.

Los atropellos son uno de los accidentes que resultan con lesiones de mayor gravedad, lo que dará lugar a indemnizaciones mayores

Lo más habitual es que la víctima sufra politraumatismos al impactar el vehículo en marcha sobre su cuerpo, aunque sea a baja velocidad. Las zonas del cuerpo en las que generalmente se producen las lesiones son: rodillas, cadera, muñecas, hombros, cuello y también cabeza.

Si quieres saber cual es la valoración de tus lesiones consulta cómo calcular la indemnización de un atropello.

En los atropello con alta velocidad se presentan en ocasiones lesiones medulares por atropello que suponen una consecuencia devastadora para la víctima y en estos casos nos encontramos ante indemnizaciones que suelen superar el millón de euros

Si has sufrido un atropello, la opción recomendable siempre será contratar un abogado especializado en accidentes de tráfico, un profesional que sepa interpretar el baremo, tenga experiencia en todo tipo de accidentes y luche por tu justa indemnización.

¿Por qué se necesita un abogado especializado en accidentes para reclamar la indemnización por atropello?

Una persona lesionada en un atropello no cuenta con el respaldo de una aseguradora, como ocurre en el caso de los vehículos. A la hora de reclamar una indemnización tendría que enfrentarse en soledad a la compañía de seguros contraria, que hará todo lo posible desde el primer momento para que la cuantía a pagar por el atropello sea la mínima posible. Esta complicación se incrementará si el accidentado ha cruzado por un lugar indebido y hay que examinar las concurrencias de culpas.

Si la víctima decide enfrentarse sola al proceso, la compañía aseguradora del vehículo implicado utilizará su propio médico para que realice una valoración de las lesiones que el atropello le ha producido. Este perito médico velará siempre más por los intereses de la empresa que le contrata, la aseguradora, que por los del demandante. Por ello, al contratar los servicios de un despacho especializado en accidentes de tráfico, lo primero que se hará será realizar un contra-informe pericial que tumbe las minusvaloraciones de la pericial de la aseguradora.

Ponerse en manos de uno de nuestros letrados y de los colaboradores con los que contamos en Indemnización por Accidente (por ejemplo, médicos que valoran los daños corporales) marca la diferencia a la hora de reclamar la indemnización más justa tanto para reclamaciones muy graves (paraplejías u otras lesiones medulares) hasta para esguinces cervicales.

Mencionar, además, que el abogado no cobrará si el cliente no consigue la indemnización y, aún en ese caso, la mayoría de clientes de Indemnización por Accidente pueden tener cubiertos los honorarios que deben pagar a nuestros abogados por su propio seguro del hogar.

La mayoría de los seguros del hogar contemplan en sus pólizas coberturas para sus clientes en caso de atropello, principalmente en dos temas fundamentales:

  • Asistencia jurídica: Nuestros servicios pueden salir gratuitos al cliente gracias a este servicio del seguro del hogar, ya que será este el que pague nuestros honorarios.
  • Responsabilidad Civil: Los seguros del hogar también cuentan en ocasiones con coberturas de responsabilidad civil como peatones, importante para casos como puede ser el de atropello de peatones por parte de bicicletas en los que los primeros sean los culpables y deban indemnizar al ciclista. En este caso, el seguro del hogar sería responsable civil subsidiario y se haría cargo del pago de la indemnización.

Solo por esto, merece la pena echar un ojo a las cláusulas del seguro del hogar porque pueden tener muchas coberturas como estas que se desconocen y que por ello no se reclaman: indemnizaciones por incapacidad permanente, agresiones, robos…

No lo dudes, si has sufrido un atropello que te ha ocasionado lesiones ponte en contacto con nosotros. Encontraremos la manera de que cobres la indemnización justa que mereces.

Atropello a niños menores de 14 años y a personas con incapacidad física o intelectual

Los casos de atropello a menores de 14 años o a personas con incapacidad física o intelectual son tratados de manera especial desde la última modificación del baremo en el año 2016 en cuanto a la concurrencia de culpas y la indemnización que les corresponde.

Como se ha explicado anteriormente, cuando un peatón es atropellado por cruzar por un lugar indebido se aplica la concurrencia de culpas y la indemnización se puede llegar a reducir hasta en un 75% en función del grado de responsabilidad del peatón en el accidente.

Pues bien, cuando se habla de este tipo de atropellos, la modificación del artículo 1.2 de la nueva ley que regula las indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico a este respecto dice lo siguiente:

“En los supuestos de secuelas y lesiones temporales, la culpa exclusiva o concurrente de víctimas no conductoras de vehículos a motor que sean menores de catorce años o que sufran un menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que les prive de capacidad de culpa civil, no suprime ni reduce la indemnización y se excluye la acción de repetición contra los padres, tutores y demás personas físicas que, en su caso, deban responder por ellas legalmente. Tales reglas no procederán si el menor o alguna de las personas mencionadas han contribuido dolosamente a la producción del daño.”

Es decir, cualquier niño menor de 14 años o persona con incapacidad física o intelectual que sufra un atropello y que no sea atribuible dolo a la producción del daño (o sea que no haya provocado a propósito el atropello), podrá reclamar el 100% de la indemnización por los daños sufridos, independientemente del grado de culpa que pudiera atribuírsele en el atropello.

Otro aspecto importante que modifica la nueva ley es que excluye la posibilidad de repetición contra los padres, es decir, que la aseguradora no se puede limitar a pagar y después reclamar a los padres por la negligencia.

Atropellos a ciclistas

atropellos de ciclistas y legislacion
El uso de la bicicleta como medio de transporte alternativo se ha popularizado en los últimos años, así como también ha crecido el interés por este tipo de deporte. Por ello, cada vez es más habitual cruzarse con ciclistas en carreteras, zonas rurales o ciudades. Como es lógico, el incremento de personas que circulan en bicicleta es proporcional al crecimiento de accidentes que implican a estos usuarios.

Desconocimiento de la normativa y accidentes en carriles bici

Existe una normativa vial muy clara sobre las normas de circulación que deben respetar tanto los conductores de bicicletas como los de coches pero aún se siguen generando muchas dudas sobre cómo actuar cuando coinciden ambos vehículos. Por ejemplo, la mayoría de los conductores de coches no saben que pueden pisar una línea continua en la carretera para separarse del ciclista y poder adelantarlo con seguridad.

A esto se une que muchas vías o calzadas aún no están acondicionadas para las bicicletas. Los guardarraíles, por señalar un elemento entre muchos, suponen un riesgo importante para los ciclistas.

Por otra parte, la creación y aumento de los carriles bici también ha originado accidentes dentro de los mismos. Buena parte de la población desconoce que los carriles bici no son de uso compartido, son espacios para uso exclusivo de los ciclistas salvo en determinados cruces o zonas señalizadas.

Hemos detectado un incremento de atropellos a peatones en zonas de carril bici en los que el peatón suele ser el culpable

En caso de atropello de un peatón por parte de un ciclista en un carril bici, el peatón podría ser el culpable por invadir un espacio que no le corresponde. Se entiende que el ciclista no es culpable de colisionar con él o de caer al suelo al realizar una maniobra invasiva intentando no arrollarle. Por lo tanto, el peatón debería indemnizar al ciclista.

En estos casos la cosa se complica ya que los peatones no disponen de un seguro obligatorio como los vehículos y el dinero de la indemnización debe salir de su propio bolsillo.

¿Cuándo puede pedir una indemnización un ciclista en caso de atropello?

Un ciclista lesionado en un atropello podrá reclamar una indemnización por atropello en los siguientes casos:

  • El siniestro no es culpa suya en ningún caso: Si la responsabilidad recae sobre un tercero, el ciclista podrá reclamar cualquier daño material o personal sufrido.
  • El siniestro no es culpa suya de forma exclusiva: Si hubiera una concurrencia de culpas también puede exigir una indemnización proporcional a la parte del culpa del contrario, como ocurre en el caso de atropello a peatones.

¿En qué casos es culpable el ciclista? ¿Es obligatorio que tengan seguro?

En un accidente en el que se ven implicados un coche y una bicicleta la culpa NO SIEMPRE recaerá sobre el conductor: el ciclista también debe respetar ciertas normas de circulación. Si no lo hace y eso provoca un accidente, la culpabilidad recaerá sobre él.

Ejemplos:

Es muy frecuente que los ciclistas crucen montados y a toda velocidad por pasos de peatones cuando la ley les obliga a desmontar de la bicicleta y cruzar andando como cualquier peatón.

Caso de un atropello de un ciclista a un peatón en espacios que no sean un carril bici: muchos ciclistas, haciendo oídos sordos a las normas de circulación, pedalean por las aceras con el riesgo de atropello a peatones que eso implica. Si lo hicieran, ellos son responsables de lo ocurrido y podrían verse obligados a pagar la indemnización correspondiente a la persona lesionada.

Los ciclistas deben respetar las normas de circulación. Si no lo hacen y eso provoca un accidente, serán culpables del mismo

Y ello nos lleva al tema del seguro, hoy en día no obligatorio aunque recomendable para ciclistas. En los últimos tiempos se está debatiendo sobre la posibilidad de la obligatoriedad de contratar uno, en especial de Responsabilidad Civil, para conducir una bicicleta.

El argumento es que pueden existir accidentes graves que dejen importantes secuelas a la víctima de por vida. En ese caso, el ciclista deberá hacer frente a una cuantiosa indemnización de su propio bolsillo al no disponer de un seguro que responda por esta eventualidad.

Cálculo de indemnizaciones por accidente de bicicletas

La reclamación de una indemnización por accidente en bicicleta se tramita exactamente igual que el resto de accidentes y el cálculo se realizará utilizando el mismo baremo del que ya hemos hablado anteriormente. Es decir, los conceptos que se valorarán serán el tiempo de curación y las secuelas. Existe una particularidad en estos accidentes: los ciclistas no suelen tener aseguradora, así que hay que realizar una peritación de los daños materiales (daños en la bicicleta) para poder reclamarlos.

Peritación de daños materiales

Se basa en llevar la bicicleta a una tienda especializada y solicitar el presupuesto de reparación de los daños sufridos en el atropello. Este será añadido a la cuantía de indemnización por las lesiones y se reclamarán conjuntamente.

En Indemnización por Accidente recomendamos, siempre que la reparación no sea demasiado costosa y el cliente se lo pueda permitir, que se abone el arreglo de la bicicleta y después reclamaremos la factura. Esto suele agilizar bastante el proceso de reclamación y cobro de la indemnización por el accidente de bici.

En los casos de accidentes con bicicletas, al igual que en el de atropellos de peatones, también se podrán reclamar los daños materiales: casco, ropa, navegadores…

Lesiones más frecuentes como consecuencia de atropellos a ciclistas

Circular en un vehículo de dos ruedas incrementa la gravedad de las lesiones cuando sucede un atropello, ya que el cuerpo está desprotegido ante el golpe, al igual que en el caso de los peatones.

Mayor riesgo corren las motos debido a las velocidades que pueden alcanzar, pero los ciclistas también pueden circular a velocidades importantes y, además, son mas susceptibles de ser víctimas de un atropello contra otro vehículo que también se mueve a una velocidad determinada.

Las caídas cuando se produce un atropello a una bicicleta suelen producir cortes y fracturas de huesos, una de las consecuencias frecuentes de estos accidentes.

También es posible que se produzcan lesiones de gravedad debido a la desprotección del cuerpo: traumatismos craneoencefálicos y lesiones cerebrales. Para intentar minimizar el daño, es importante la utilización de un buen casco resistente, aunque no siempre es suficiente para evitar la lesión.

En el caso de los accidentes de bicicleta, motos, patinetes y otros medios, también es bastante habitual que se sufran quemaduras del asfalto o cicatrices que suponen un perjuicio estético y que también son indemnizables.

Para evitar que un acto tan placentero como desplazarse en bicicleta se convierta en un problema lo ideal es que todos los usuarios de la vía pública actuemos con sentido común, precaución y respeto hacia el otro.

Y si aún así surge algún problema, los abogados especializados en accidentes de Indemnización por Accidente estaremos encantados de ayudarte en cualquier caso de atropello, incluso en los que intervienen animales.

Atropellos a animales

indemnización por atropello a animalesAtropello a animales salvajes

Puede parecer difícil creer que podamos encontrar un animal salvaje en nuestro camino, pero las cifras que aporta la DGT sobre este tipo de accidentes son bastante elevadas. Es más, según una información del diario El País, son mucho más frecuentes de lo que las autoridades reflejan, dando como cifra entre 15.000 y 20.000 accidentes de este tipo en nuestras carreteras cada año. La diferencia de cifras se producen al no tener en cuenta la DGT las colisiones de este tipo que se saldan sin heridos.

Culpabilidad

Hasta el año 2016, cuando se producía una colisión con un animal salvaje, la responsabilidad recaía sobre los propietarios de los cotos de caza de la zona donde se había producido el siniestro o, en su defecto, sobre la administración responsable de la carretera si no estaba debidamente señalizada.

A partir de la entrada en vigor en dicho año de la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, los accidentes de tráfico ocasionados por el atropello de animales cinegéticos será responsabilidad del conductor del vehículo. Pero hay excepciones a esta regla y es interesante conocerlas:

  • Responsabilidad del coto o el propietario del terreno: Cuando el atropello se produzca como consecuencia de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor, siempre que la misma se haya realizado ese mismo día o finalizado en las 12 horas anteriores al siniestro.
  • Dueños de cotos y/o administración responsable de la carretera: Siempre que el atropello haya tenido lugar como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo o de que la vía no esté debidamente señalizada como tramo con alta accidentalidad por colisión con animales cinegéticos.

No siempre la culpabilidad de los accidentes con atropello a animales salvajes es del conductor

Posibles daños

Un animal salvaje atropellado puede ser causante de accidentes muy graves que terminen con daños materiales importantes al coche o, en los casos más graves, lesiones a los ocupantes. La gravedad va a depender de dos factores principales:

  • Velocidad a la que circula el coche que sufre el accidente
  • Peso del animal contra el que se choca.

Ejemplo:

Si circulando a 90 km/h se atropella a un zorro de 18 kg el resultado posible será la muerte del pobre animal y poco o ningún daño en el vehículo. Si se atropella a un jabalí o a un corzo salvaje, el daño producido será similar al que se sufriría chocando contra otro vehículo. El coche, en muchos casos, sería declarado siniestro total y los ocupantes podrían sufrir lesiones, incluso de gravedad.

También se puede dar la circunstancia de que el coche, intentando evitar atropellar al animal, se salga de la vía. Estas salidas pueden tener consecuencias fatales, superiores a las producidas por el posible atropello.

Por tanto, ante este tipo de siniestros hay que estudiar en profundidad la posibilidad de solicitar una indemnización por atropello de animales salvajes según las causas y culpabilidad del mismo.

Atropello a animales domésticos

La sociedad, afortunadamente, va evolucionando en cuanto al (buen) trato a los animales. Se asume cada vez más que son seres vivos que viven con nosotros, siendo uno más en nuestras familias, y que tienen sus derechos. Por eso no resulta extraño entender que existan indemnizaciones por el atropello de perros y gatos.

En muchos casos, los animales domésticos que son atropellados pueden haber sido abandonados o ser callejeros, pero no siempre es así.

¿Qué hacer si se atropella a un animal doméstico?

  • Se debe actuar como en cualquier otro accidente: apartar el vehículo, señalizar y asegurar la zona. Nunca olvidar ponerse el chaleco reflectante para mayor seguridad.
  • Llamar al 112 y explicar la situación. Si no se sabe cómo actuar con el animal atropellado, consultarlo en la llamada. Nuestro primer instinto va a ser socorrerlo, pero siempre es mejor dejar actuar a los profesionales. Escuchar todas las instrucciones que se den a través del teléfono de emergencias y ponerlas en práctica.
  • Muchos animales domésticos llevan una chapa en la que pone su nombre y los datos del dueño. Si es así, la policía se encargará de llamar al dueño del animal y notificarle el atropello. En estos casos, habrá que determinar la culpabilidad del accidente. Si fuera el animal el que ha provocado el siniestro, los dueños del mismo (o bien el seguro de Responsabilidad Civil si lo tuvieran contratado) serán los responsables del pago de la indemnización Si la responsabilidad es del contrario, los dueños le podrán reclamar una indemnización por los daños que haya sufrido el animal.
  • Cuidar del animal pero con precaución ya que estará asustado y dolorido y puede morder o arañar. Lo más importante, al igual que ocurre con las personas, es mantenerlo tranquilo. Se puede tapar si se considera oportuno. En caso de que se pueda mover sin riesgo de que sufra, o desde emergencias así lo aconsejen, llevarlo al centro veterinario más cercano. Desde Indemnización por Accidente recomendamos solicitar un parte al veterinario que atienda al animal para presentarlo en futuras reclamaciones.
  • Registrar el atropello: De cara a la indemnización, es aconsejable incluir fotografías del lugar del accidente, imágenes que reflejen los daños sufridos en los vehículos implicados, fotos de los daños físicos si los hubiera, parte amistoso del accidente, atestado policial, informe veterinario o médico y declaraciones de los testigos si existieran.

Otros casos:

  • Si se sufre un accidente convencional entre dos vehículos y es la mascota del conductor la que ha sufrido daños, se puede calcular la indemnización por accidente de coche y tener en cuenta las lesiones sufridas por el animal. Para poder reclamar, el animal debía ir correctamente sujeto dentro del coche.
  • Un animal es una responsabilidad y si se escapa y/o corre suelto en el momento del atropello, el conductor puede reclamar al dueño los daños materiales o personales que el siniestro le provoque. Evidentemente, en este caso el propietario no recibirá ninguna indemnización, ya que debería haber llevado a su mascota bien sujeta

Si tienes un accidente con un animal doméstico implicado y crees que puedes reclamar una indemnización, ponte en contacto con nosotros y empezaremos a trabajar juntos para conseguirla.

En Indemnización por Accidente hemos gestionado todo tipo de accidentes y sabemos reaccionar ante cualquier reclamación ya sea por atropello de peatones, ciclistas o animales. Conocemos al dedillo la jurisdicción y la forma de actuar de las aseguradoras, lo que allana el camino para conseguir la indemnización justa y en el menor tiempo posible. Y con riesgo cero para el bolsillo del cliente, solo cobramos si consigue su indemnización.

Preguntas frecuentes

 

¿Se puede reclamar siempre una indemnización por atropello?

Como en cualquier accidente de tráfico el lesionado por un atropello puede reclamar indemnización siempre y cuando la culpa no sea suya sino de otro vehículo. Si el atestado es importante en cualquier accidente de tráfico, cuando se trata de atropellos, la importancia del atestado cobra aún más relevancia. Si tenemos en cuenta que la gravedad de las lesiones en un atropello suelen ser siempre de consideración, los testigos, las cámaras de tráfico o cualquier otra prueba puede ser determinante para el cobro de una indemnización. Más información aquí.

 

¿Puedo reclamar indemnización si me atropellan cruzando mal?

Si el atropello se produce cruzando un paso de cebra la culpa es bastante obvia pero cuando el peatón cruza por un lugar indebido también puede reclamar una indemnización. Entra en juego el concepto de concurrencia de culpas que no es ni más ni menos que el reparto de responsabilidad en porcentaje de la culpa de cada uno de los implicados. Por ejemplo, si un peatón cruza a dos metros de un paso de cebra y es atropellado por un vehículo que circula a gran velocidad es obvio que ninguno de los dos tendrá el 100% de culpa. Si la culpa se repartiera por ejemplo a partes iguales significaría que el peatón cobraría el 50% de la indemnización total que le pudiera corresponder.
Puedes obtener más información sobre la concurrencia de culpas en este link.

 

Y si se trata de menores de edad, ¿Hay concurrencia de culpas?

El baremo de accidentes de tráfico establece que los menores de 14 años y a personas con incapacidad física o intelectual no se les puede aplicar una concurrencia de culpas, aunque el atropello se produzca cruzando por un lugar indebido. Es decir, los menores de 14 años cobrarán siempre la indemnización integra que les corresponda atendiendo a la gravedad de sus lesiones. Más información aquí.

 

¿Qué pasa si el que me atropella es un ciclista?

Si una persona es atropellada por un ciclista también podría reclamar una indemnización, con la dificultad añadida de que las bicicletas no suelen estar aseguradas al no ser obligatorio por lo que el cobro de dicha indemnización dependerá de la solvencia del causante de dicho atropello. Es de reseñar también que si el atropello se produce por la invasión del carril bici por parte del peatón será el ciclista en el supuesto de que haya sufrido lesiones quién podría reclamarle una indemnización al peatón.
Puedes ampliar la información aquí

Ingacio González Gügel
Abogado
Abogado colegiado del ICAM nº 69969

Abogado especialista en accidentes de tráfico con más de 16 años de experiencia.
Miembro de la Asociación de Abogados especializados en Responsabilidad Civil.
Responsable del Departamento Jurídico de Indemnización por Accidente S.L.

46 COMENTARIOS

  1. carmen

    Hola.. Necesito que me aclaren algo.
    Fuy atropellada en un paso de peatones y
    La forense cierra mi caso porque
    Dice que la rectificación de cuello que
    Ve en la radiografía no puede saber
    Si es debido al accidente… Ahora mi abogada
    Me a dejado colgada ante esto y quería
    Saber si puedo presentarme en el juicio sin
    Abogada y si al final da el juez la razón a la
    Forense si me corresponde indemnización
    Por los días de rehabilitación y de baja. Gracias.

    • Carmen, no puede ser que la forense te diga eso, posiblemente sea porque tardaste en ir varios días al médico a raíz del accidente, en esos casos si que es verdad que a veces es imposible demostrar el nexo causal entre las lesiones y el accidente pero mirando una radiografía no creo que pueda saber si la rectificación es derivada del accidente…. Ponte en contacto con nosotros en el 914351478 o 934147320 y te asesoraremos

  2. carlos

    hola mi nombre es carlos , mi madre de 54 años fue atropellada en un paso de peatones hace aprox. dos meses ,le diagnosticaron esguince de tobillo de tercer grado , desde entonces le han hecho varias pruebas y ahora estamos a la espera de los resultados de una resonancia , actualmente esta haciendo rehabilitación y le han dicho que minimo le queda todo este mes, a todo esto ella esta de baja laboral … los medicos de la compañia de seguros del coche que le atropello a venido a casa a hacerle un reconocimiento …. mi pregunta es :
    cual es aprox. la cuantía por la indemnizacion???
    y cuanto tarda este proceso??
    gracias

    • Carlos, la cuantía de la indemnización no se puede saber hasta que no se tengan los resultados de la resonancia y se pueda valorar el verdadero alcance de la lesión. El proceso depende de como quieras reclamar la indemnización. El procedimiento normal es no conformarse con la valoración subjetiva que hacen los médicos de las aseguradoras y buscar una valoración objetiva, la del médico forense del juzgado. El plazo suele ser de dos meses desde que se presenta la denuncia en el juzgado y te valora el médico forense. Una vez tuvieramos dicho informe forense procederíamos al cálculo de la máxima indemnización que le pudiera corresponder a tu madre y se procedería a la negociación extrajudicial que se produce en el plazo de un par de meses en la mayoría de los casos.

      Nosotros siempre aconsejamos no llegar a acuerdos precipitados con las aseguradoras. El interés de estas es pagar la menor indemnización posible y conseguir que el cliente renuncie, aceptando una cantidad pequeña, a cualquier indemnización futura de tal forma que si el lesionado no hace las cosas correctamente se puede encontrar con la desagradable situación que pasado un tiempo la lesión resulte ser más complicada de lo que parecía y que ya no puede ejercer sus derechos por haber renunciado, cosa que las aseguradoras obligan siempre a firmar si se quiere recibir una indemnización….
      Os invitamos a poneros en contacto con nosotros y estaríamos encantados de reclamar a tu madre su indemnización….

      Puedes ponerte en contacto con nosotros en el 914351078 o 934147320

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