Debido a las numerosas consultas que estamos recibiendo debido a los cambios laborales producidos durante el Estado de Alarma, vamos hacer una ampliación de este artículo:
¿Me pueden incluir mi empresa en un ERTE estando de baja laboral?
Si un trabajador se encuentra en situación de IT o baja laboral previamente a que su empresa inicie un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) dicho trabajador no se verá afectado por dicho ERTE hasta que se produzca el alta laboral. Si el alta laboral se produce después de finalizado dicho ERTE el trabajador nunca se verá afectado por ello.No le afectarían ninguna de las medidas ya fueran suspensión de empleo o reducción de jornada
Esto se aplica a cualquier baja laboral ya sea derivada de accidente de trabajo, enfermedad común o baja por maternidad/paternidad.
Si el alta se produce mientras el ERTE nestá en vigor, el trabajador inmediatamente después del alta se vería afectado por dicho ERTE y pasaría a cobrar el subsidio de desempleo o paro.
Despido estando de baja tras accidente laboral
Es habitual que muchos empleados quieran obviar un accidente laboral por miedo a perder su trabajo. Es cierto que algunos trabajadores pueden ser despedidos después de sufrir un accidente en su puesto laboral, por ello, en la mayoría de los casos deciden no denunciar a la empresa por omisión de medidas de seguridad u otras negligencias. Cómo bufete de abogados de accidentes en Madrid sabemos que una de las preguntas más frecuentes entre las personas que sufren un siniestro laboral es si puede ser despedido mientras se encuentra de baja por accidente.
Hay una creencia errónea de que no podemos ser despedidos de la empresa estando de baja, pero es una afirmación falsa, es muy cierto que las empresas pueden despedir a los empleados durante este proceso, aunque eso sí, siempre que hayan reconocido ese despido como improcedente y abone la indemnización que corresponde en cada caso. No se puede despedir a una persona que esta de baja por motivo de su enfermedad o lesión, La legislación no permite que este tipo de despidos sea decretado como nulo. Cuando el empleado se encuentre de baja médica, continuará cobrando su sueldo a través de la mutua laboral. Con la alta médica, el empleado ya sólo podrá optar a las ayudas por desempleo, siempre y cuando haya cotizado durante el tiempo suficiente para tener derecho a ello.
También se podría proceder a un despido por las llamadas causas objetivas, causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente, en este caso, la empresa tendrá que probar que realmente existe la causa en la que justifica el citado despido.
Algunas personas, estando de baja y por miedo al despido no acuden al trabajo en cuanto reciben el alta, es un grave error, una vez tenemos el alta médica hay que acudir al puesto de trabajo en un plazo máximo de 24 horas laborales. En caso de no hacerlo, estaremos dando motivos a la empresa que podría tomar medidas disciplinarias contra el trabajador por una ausencia injustificada.
En Indemnización por Accidente entendemos a la perfección que algunos empleados tengan dudas sobre si denunciar a su empresa por omisión de medidas de seguridad. El principal temor de todos ellos es perder su empleo. Se trata de una inquietud entendible, sin embargo, lo cierto es que cuando el trabajador denuncia la situación a la inspección de trabajo y se determina la ausencia de medidas de seguridad, los empresarios tendrán más dificultades para denunciar al empleado. En caso de que se produzca un despido posterior, este podría entenderse como una represaría de la denuncia y considerarse como un despido nulo. El trabajador deberá ser readmitido y cobrar todos los salarios atrasado durante el proceso de tramitación.
La decisión final corresponderá al empleado, pero la mejor opción será consultar con un abogado especializado en este tipo de casos, evitando sucumbir a las presiones que puedan surgir en el entorno laboral. Si tienes un accidente en el trabajo él que sufre las consecuencias y las lesiones serás tú. Por ello, tendrás derecho a una compensación económica por perjuicios y daños.
Casos frecuentes en los que no podríamos ser despedidos estando de baja o se consideraría nulo
Algunas situaciones se encuentran especialmente protegidas por la legislación vigente y difícilmente podrán despedirnos o, en caso de hacerlo, podríamos lograr de forma más o menos fácil que este se considerara nulo, los jueces de lo laboral lo miran con lupa, algunos de ellos son:
- Baja por maternidad, paternidad o lactancia
- Si nos hemos acogido a una reducción de jornada para el cuidado de hijos menores
- Trabajadores que han denunciado a la empresa por vulneración de sus derechos (se podría entender el despedido de estos como una represalia)
- Por algún tipo de discriminación (sexo, raza, religión o cualquier otra prevista legalmente)
En caso de ser despedido por la empresa estando de baja y no estar de acuerdo con los motivos alegados por la misma o que se de una de las situaciones descritas arriba, el trabajador podrá ponerse en manos de abogados especializados para reclamar una indemnización por despido improcedente o bien reclarmar la reincorporación en la misma.
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Me operaron de menisco , me limpiaron cartilago y ahora me salio astrosis de grado 2 , trabajo en el campo y tengo muchos dolores y hasta cojera trabajando , se puede hacer algo ,
Otra cosa si me despiden pq soy fijo discontinuo estando de acidez te se hace alguien responsable de cotizar me a la SS o solo cobro mientras estoy de bajo y no cotizo a la SS
Buenos días, Jose, usted cotiza en la SS, cuando está dado de alta, por lo cual, cuando está de baja laboral o trabajando. En los periodos que usted no trabaj, no cotiza a la SS, cobraría paro. Un saludo.
Hola soi Jose tuve un accidente laboral en el que me ampute la mitad del dedo menique, el anular completo y luxacion grave del dedo corazón llevo 10 meses de baja pero pk he recurrido al Inss ya que me dierin el alta en agosto y estoy nerviosisimo pk no me contestan y mi empresa creo que esta esperando que vuelva para echarme ya que los llame para decirselo que habia hecho una reclamación previa pk novestar de acuerdo con el alta y me ofrecieron vacaciones, nose que puedo hacer pk los he denunciado por mi accidente por falta de organización y seguridad. Sigo esperando contestacion del INSS ya hace 20 dias de la reclamación previa, nose si quisieran hecharme ya lo habrian hecho supongo por lo que he leido que te pueden hechar de baja, tengo que ir negociando con la empresa un cambio de puesto debido a que me han quedado lesiones permanentes? Incluso antes de que me contesten el INSS?
hola buenas .. he sufrido un accidente laboral en el trabajo se me ha roto el tendon del pie estoy de baja actualmente en la mutua y no se si tengo derecho alguna indemnizacion ,y un mes despues me llega mensaje de que estoy de baja de la empresa y he llamado y me han dicho que voy a seguir cobrando del seguro y cuando este de alta que les llame , y no se si eso se puede hacer
Hola, Oussama, desgraciadamente la empresa si te puede despedir estando de baja y por lo menos si es certo que la mutua laboral te seguirá pagando hasta que tengas el alta médica.En cuanto a la indemnización podrías tener derecho a una indemnización si hubo alguna omisión de medidas de seguridad. Si nos cuentas un poco como fue tu accidente te decimos si se puede reclamar una indemnización… nos puedes contestar por email a clientes@indemnizacionporaccidente.com
Buenos días me llamo José Antonio empecé en una empresa de electricidad el día 12 de junio vale y el día 23 de julio tube un accidente de trabajo y fui ala mutua y me dijeron que tenia en el hombro tendinitiopatica y bursitis de hombro izquierdo vale cuando e mandado los partes de de que sigo de baja asta el 18 y se puede prolongar asta el 25 para reavilitacion vale me llama el jefe y me dice que me va a despedir estando de baja eso es legal yo tengo un contrato de servicio y obra a jornada completa de 40 horas de lunes a domingo que procedimiento tengo que hacer porque me an llamado para firmar los papeles del despido espero respuesta gracias es urgente porfabor.
José Antonio, desgraciadamente si que es legal despedirte estando de baja, la mutua laboral te seguirá pagando hasta el alta.
sufri un accidente laboral en junio de 2018 me hiceran una operacion por lo cual no fueran capazes de reconstruir el tendon del biceps tres meses despues volvieran a operarme en ese caso puseran un injerto de tendon y llevo desde de octubre haciendo rehabilitacion y en diciembre la empresa me echo a la calle pasando a cobrar de la mutua y dentro de dos semanas me daran de alta sin hacer ningun tipo de prueba para saber en que condiciones me encuentro …
mi pregunta es tengo derecho a imndenizaccion por parte de la empres y la mutua puede dar de alta sin una visita especifica para hacer algun tipo de prueba para uma evaluacion…..
aun sabiendo q ahora estamos con el problema del coronavirus….
gracias
Emilio, seguramente tengas derecho a una indemnización, necesitaríamos conocer las circunstancias en las que se produjo el accidente laboral. Además no te deberían dar el alta sin más, debes pasar por un tribunal médico que determine cuales son tus secuelas y como te afectan estas al desarrollo de tu profesión. EN función del grado de incapacidad cobrarás una indemnización o incluso si fueran lesiones muy graves una pensión por incapacidad…POnte en contacto con nosotros y te ayudaremos
Hola buenos días necesito que ayuden les comento: llevo de baja por enfermedad dos meses ( antes del coronavirus) y resulta que la seguridad social me ha informado que estoy dada de baja de mi empresa, la empresa ni me informo,los tuve que llamar yo ,me dijo que era por un enter ahora no se que hacer,y quiero saber si esto es legal y ahora mismo como le hago para coger el paro,muchas gracias.
Elisabeth legal si que es. Tu debes seguir de baja y cobrando la baja laboral igualmente. Cuando tengas el alta laboral entrarás en el Ere y cobrarás el paro.
Buenas tardes empecé a trabajar el 27de julio del 2018 ese mismo día estuve 4 horas, el encargado al verme trabajar me dijo que viniera al día siguiente de 9:00 a 15:00. (6 horas).
El contrato lo firmé con fecha 31 de julio, la hora me la pagan a 5 euros con lo cual sería 30 euros diarios según las cuentas seria; el primer día 4 horas =20 euros y los próximos 4 días 6horas x 5 euros = 30 es decir 20 euros del primer día y 120 de los cuatro días a30 euros por día sería 140 euros me han ingresado 110 falta 40 euros eso por un lado.
Desde el 31 al 16 que trabajé viene en el certificado de empresa que por 17 días me pagan 496 euros. Si multiplicando 17 x30 euros dá 510 faltan 14 euros eso por otro lado.
Me han despedido por que sufrí una cervicalgia de una semana el mismo día 17 me dijeron que me habían despedido.
Mi pregunta es ¿Tengo derecho a indemnización?
Tiene derecho la empresa despedirme por darme de baja por accidente laboral?
Es una ETT.
Hola José
llámanos y vemos tu caso sin compromiso más en detalle a ver que se podría hacer.
Hola. En mi caso empecé a trabajar en un almacén de fruta, con tan mala suerte que el segundo día la compañera que tenía detrás mía me golpeó el codo del brazo derecho al girarse con la caja de uva. No quise decir nada a la encargada porque necesitaba el trabajo y pensé que con unos analgésicos todo se arreglaría, pero esa noche la cosa empeoró y a la mañana siguiente estaba con un dolor insoportable. Saqué cita con mi médico de cabecera y cuando le conté lo que me había pasado me dijo que llamase a la empresa para que me dijeran la dirección y nombre de la mutua, aún así me advirtió de que si tenía alguna contrariedad que volviese a la consulta. Y sí, la tuve, me negaron el nombre de la mutua sin darme ninguna explicación. De vuelta a la consulta y por el estado en el que me encontraba me dio la baja médica y me aconsejó fuese a la S.S para denunciar a la empresa. Mi sorpresa fue que cuando fui a entregar la baja médica, el tercer día, me dicen que me habían despedido el mismo día que les llamé para pedirles el nombre de la Mutua y pretendían que les firmase mi cese en la empresa sin dejarme ni leer lo que ponía, cosa a la que me negué. Estoy desesperada porque lo que tengo es el nervio pinzado y me impide tener una vida normal y poder acceder a cualquier puesto de trabajo. No sé qué hacer, estoy muy agobiada.
Muy buenas, en su caso lo que procede es una reclamación de contingencias solicitando que sea reconocido el accidente laboral. Pero para ello necesita la colaboración de la compañera de trabajo que fue testigo de su lesión . Si ella no colabora por miedo a ser despedida o algo así será imposible que lo pruebe.
Llámenos al 914351479 y le asesoremos
Muchísimas gracias por contestarme. Os agradezco la deferencia.
Me han informado de que la han despedido de un día para el otro 🙁 y no tengo forma de localizarla, nos pusieron juntas ese día fatídico de mi lesión.
Hola buenas noches me llamo victor tengo 29 años queria hacer una consulta yo trabajo en una empresa de hormigon desde el 2013 me accidente en noviembre de 2015 me detectaron hernia de disco el 8 de junio de 2016 me operaron me pusieron tornillos el dolor sigue por rato se me paraliza las piernas y cuando hace frio me duele mucho y anora en 2018 me dieron la baja yo queria saber si la empresa a la que trabajo me puede despedir y si me corresponde q me den una pension
Hola Víctor,
si la lesión te impide realizar tu trabajo habitual, es posible solicitar a la Seguridad Social una incapacidad permanente, y, en muchos casos, podrías tener derecho a una indemnización en caso de que te la concedan. La solicitud de incapacidad debes hacerla tu directamente en la seguridad social y, en caso de que te la rechacen, podríamos ayudarte a recurrirla, tienes más información en https://indemnizacionporaccidente.com/incapacidad-permanente/
Un saludo
He tenido dos accidentes laborales,,, uno en 2014 , me operaron y quede con secuelas, pero tuve que seguir trabajando, a pesar de que la SS.SS , me dio una minusvalía permanente total, pero lo que me pagaban no me alcanza para vivir y tuve que seguir trabajando hasta diciembre de esta año que tuve otro accidente laboral y me operan la semana que viene,,,,,,, y seguramente no podre trabajar más en el mismo puesto ni lo que hacía antes,,,,,,,,,,,,,,,,,,,…… pregunto,,,,,,,,,, que hago???? ,,,,, cumplo 59 año en octubre,,,,
Hola Luis, por favor, llámanos sin compromiso a alguno de los números de teléfono que aparecen en nuestra página, necesitaríamos más información para estudiar tu caso y poder darte una respuesta sobre la mejor manera de actuar.
José Luis Gil, Investigador y reconstructor de accidentes
Y a mi hace unos días estoy de juicios menudos sinverguenzas
Ami me lo hicieron
Hola el 26 de Mayo de 2015 he tenido un accidente fuera del territorial nacional.En Francia a la hora del descanso una camioneta de la empresa donde trabajamos me ha pisado los dos piernas y me ha fracturado la derecha que me deja con una operación con 2 tonillos .Con la mutua Ibermutuamar de la empresa Terrafuncondis que me ha contratado me pagaba la prestación pero quieren me dar de alta y todavia no tengo buena recuperación con el pie fractura se hincha siempre que ando mas de 500m . Que tengo que hacer
Alioune, puedes y debes reclamar una indemnización al seguro de la camioneta , exactamente igual que si se tratar de un atropello en una calle. Nosotros podemos ayudarte ya que uno de nuestros abogados habla francés y este tipo de accidentes generalmente los reclamamos de forma extrajudicial a través de un informe de valoración que te haríamos a través de nuestro perito médico….
Además de esta indemnización también podrías tener otra indemnización como accidente laboral. Hay que estudiar sobre todo como te pueden afectar esas lesiones a tu capacidad de desempeñar tu actividad laboral. Si te impidiera realizar tu trabajo , además de una segunda indemnización habría que solicitar una pensión para el resto de tu vida….
Llámanos al 914351478 y te asesoraremos…
Tube un accidente laboral grave el 17-10/2014, en una estacion hidrologica por falta de medidas de seguridad por parte de la empresa. Necesito asesoria al respecto.
Cordial saludo,
Estimado Jairo , con mucho gusto uno de nuestros especialistas en accidentes laborales se pondrá en contacto con usted para explicarle cuales son sus derechos respecto a dicho accidente. Si el accidente ha sido considerado como grave, seguramente ha intervenido Inspección de trabajo de oficio, por lo que habrá que conseguir el informe de dicha inspección a ver si ha habido acta de infracción e incluso un recargo de prestaciones (le incrementará su sueldo durante la baja e incluso la pensión en caso de lesiones graves entre un 30 y un 50%), además de la indemnización o indemnizaciones derivadas de dicho accidente.
Aprovechamos para recordar a todos los lesionados en accidentes laborales que puedan leer este blog que muchas veces los trabajadores no reclaman todas las indemnizaciones y prestaciones que les corrresponden porque no están bien informados y asesorados y desgraciadamente en este mundo ni las empresas ni mucho menos las aseguradoras van a facilitar las cosas a un trabajador cuando hay intereses económicos de por medio… Jairo llámanos al 914351478 y te asesoraremos