No existe de momento un baremo específico para los accidentes laborales por lo que se usa el baremo de tráfico por analogía para el cálculo de las indemnizaciones derivadas de accidentes laborales
A pesar de que el año pasado surgieron unos rumores acerca de la creación de un baremo específico para el cálculo de indemnizaciones derivadas de accidentes laborales, de momento se sigue utilizando el baremo de accidentes de tráfico para los accidentes laborales. En el caso de los accidentes laborales, la afectación económica para la víctima es muy importante y debe ser valorada correctamente para obtener una indemnización justa y adecuada.
El nuevo baremo 2016 nace para adecuar las indemnizaciones por accidentes españolas a las cuantías medias que se usan en otros países europeos… que están muy por encima de las indemnizaciones que se contemplan en nuestro país.
Indemnizaciones por accidentes laborales
En estos más de 10 años que llevamos reclamando indemnizaciones por accidentes de tráfico y accidentes laborales podemos hablar que las indemnizaciones medias que tramitamos por accidentes laborales son superiores a los 10.000 euros y esto es debido principalmente a que la mayoría de los accidentes laborales se producen en la construcción y en la industria lo que produce que cualquier limitación o lesión un poco seria provoque la incapacidad permanente para la profesión ya que son profesiones muy demandantes desde el punto de vista físico. La incapacidad laboral según el baremo actual supone un incremento de la indemnización muy importante, llegando a los 90.000 euros cuando la incapacidad es para la profesión habitual y más del doble cuando la incapacidad es para cualquier otra profesión.
Indemnización por incapacidad laboral según Baremo 2016
Sin embargo el nuevo baremo para accidentes de tráfico y accidentes laborales permite calcular el perjuicio real que supone la incapacidad en la economía de un trabajador. Es decir el baremo 2016 establece la posibilidad de calcular el lucro cesante, que es el dinero que deja de percibir el lesionado el resto de su vida laboral.
Y si al lucro cesante se le añade otro concepto nuevo que se incorpora al nuevo baremo de accidentes que es el gasto médico futuro, las posibilidades de aumentar las indemnizaciones crecen para los despachos que estamos especializados en reclamaciones por accidentes.
Realmente el nuevo baremo lo único que hace es contemplar cuestiones que los abogados que nos dedicamos a esto ya llevamos reclamando desde hace muchos años, y que además, equiparan en parte las indemnizaciones en España a los de otros países de la Unión Europea. Para los abogados que llevan un pleito de estas características, les podrá parecer una novedad, pero para nosotros no es nada nuevo contemplar en el cálculo de las indemnizaciones por accidentes conceptos como el gasto farmacéutico futuro ( cuando las medicinas u otros complementos de farmacia no se incluyen en la seguridad social), el lucro cesante o por ejemplo reclamar las sustituciones a lo largo de una vida de las prótesis necesarias en las indemnizaciones por amputaciones de brazos o piernas….
Las indemnizaciones por accidentes de tráfico 2017 han tenido una pequeña revalorización sobre las cuantías establecidas en el baremo del año anterior y todo apunta a que lo mismo sucederá en el próximo Baremo 2018.
Indemnizaciones laborales según en nuevo baremo
Pero una cosa que nos consta que no están haciendo otros despachos es reclamar ya por el nuevo baremo en las reclamaciones por accidentes laborales aunque este haya sido anterior al año 2016, ya que al usarse este baremo por analogía, y al reconocer el propio baremo que nace con la intención de ser un baremo más justo que el anterior, no parece descabellado que pueda usarse este baremo para los accidentes laborales aunque para los accidentes de tráfico no entre en vigor hasta el 1-1-2016. Si queréis más información detallada del nuevo Baremo 2016 podéis verla en el contenido específico que hemos creado del mismo para tratar de explicarlo de una forma más sencilla para todo el mundo y con las reglas generales de valoración que utiliza, recordamos que son las mismas en un accidente laboral que en uno de tráfico, aunque con las particularidades que una incapacidad o un recargo de prestaciones pueden generar en el primer caso.